Aviso sobre el inicio de la Consulta Ciudadana Pública respecto a la Reforma al Reglamento de Estacionamientos Exclusivos para el Municipio de Monterrey Nuevo León.
Dictamen respecto a la Consulta Ciudadana Pública para la Reforma por Modificación y Adición al Reglamento de Estacionamientos Exclusivos para el Municipio de Monterrey Nuevo León.
Acerca de este proceso
Este proceso pertenece a Reglamentos en consulta
➡️ Homologación de denominaciones de Unidades Administrativas y Dependencias, así como de las atribuciones y criterios correspondientes con el Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey.
➡️ Propuesta regulatoria que tiene como objetivo definir los criterios relativos al trámite de solicitud de estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad.
II. Requisitos: En el proceso de la presente Consulta Ciudadana Pública sólo podrán participar los ciudadanos de Monterrey que cuenten con credencial para votar vigente para los procesos electorales.
III. Período de la consulta: 15-quince días hábiles a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
El proyecto de Reforma al Reglamento de Estacionamientos Exclusivos para el Municipio de Monterrey Nuevo León, estará a disposición de los interesados en las oficinas de la Dirección de Gobierno y Asuntos Políticos de la Dirección General de Gobierno y Asuntos Interinstitucionales de la Secretaría del Ayuntamiento de Monterrey, situada en el segundo piso del Palacio Municipal, ubicado en Zaragoza y Ocampo, sin número, Centro de Monterrey, Nuevo León, de lunes a viernes en el horario de las 09:00 a las 16:00 horas, en días hábiles. Asimismo, estará disponible en la Página Oficial de internet: www.monterrey.gob.mx
Las opiniones, propuestas y/o planteamientos deberán ser dirigidas a la Coordinadora de la Comisión de Gobernación, Reglamentación y Mejora Regulatoria del Ayuntamiento y ser presentadas en la Dirección de Gobierno y Asuntos Políticos de la Dirección General de Gobierno y Asuntos Interinstitucionales de la Secretaría del Ayuntamiento, en la dirección descrita en el párrafo anterior, las cuales deberán estar fundamentadas y contener nombre, domicilio, teléfono y firma del proponente.
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