Consulta Ciudadana Pública para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Iniciativa para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Artículo 54.-
Regulación de la circulación. La Secretaría y la Secretaría de Desarrollo Urbano Sostenible podrán regular y ordenar la circulación de vehículos mediante el establecimiento de modalidades al flujo vehicular en días, horarios y vías, cuando así lo estimen pertinente, con objeto de mejorar las condiciones ambientales, de salud y de seguridad vial en puntos críticos o derivado de la realización de otra actividad pública. La regulación y ordenamiento de la circulación se podrán aplicar considerando el impacto vial y ambiental de cada tipo de vehículo, dando preferencia a vehículos eficientes. I. En calles de una sola circulación de dos o más carriles, la misma se hará sobre el carril o carriles de la derecha, dejándose el carril izquierdo para rebasar o dar vuelta a la izquierda. II. La circulación en calles o avenidas de doble circulación deberá hacerse como sigue: a) Cuando haya sólo un carril para cada circulación opuesta, la circulación deberá hacerse por el carril derecho, pudiendo usarse el carril opuesto si éste está libre, para: • Rebasar en lugares permitidos; • Dar vuelta a la izquierda o en “U” en lugares permitidos; y •Cuando el carril derecho, se encuentre parcial o totalmente obstruido. En cualquiera de los 3-tres casos mencionados, se deberá ceder el paso a los vehículos que circulen acorde al sentido de circulación que se invade. b) Cuando haya más de un carril para cada circulación opuesta, la circulación se hará por el carril o carriles de la derecha dejando el carril izquierdo más próximo al centro de la calle para rebasar o dar vuelta a la izquierda; c)Los camiones o autobuses de pasajeros y los vehículos de transporte de carga pesada, deberán hacerlo siempre por el carril de la derecha, a menos que vayan a dar vuelta a la izquierda o a rebasar; y d)En las avenidas que cuenten con carril central neutro, este deberá de utilizarse para dar vuelta hacia la izquierda y no entorpecer los carriles normales de circulación. III. Compartir los carriles de circulación de manera responsable con los demás vehículos, por lo que se debe cambiar de carriles de forma escalonada y tomar el carril extremo correspondiente anticipadamente cuando se pretenda dar vuelta, indicando su maniobra con la direccional de manera anticipada.
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