Consulta Ciudadana Pública para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Iniciativa para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Artículo 83.-
Los Programas Internos deberán someterse a consideración de la Dirección, la cual tendrá un plazo de 45-cuarenta y cinco días hábiles para notificar sobre si el programa ha sido registrado o denegado, para lo cual tendrá un plazo de 10-diez días hábiles para realizar modificaciones y presentar la modificación en cuanto a su contenido.
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