Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
ARTÍCULO 16. Para el estudio, planeación y despacho de los diversos asuntos de la Administración Pública Municipal, la persona titular de la Presidencia Municipal se auxiliará de las siguientes dependencias: I.Secretaría del Ayuntamiento; II.Tesorería Municipal;
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