Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
ARTÍCULO 122. Para el despacho de los asuntos de su competencia la Secretaría contará con la: I. Dirección General de Promoción del Bienestar, de la que dependerán las Direcciones de Salud, de Educación, así como de Cultura Física y Deporte; II. Dirección de Igualdad Sustantiva; y III. Dirección de Enlace Municipal. También contará con las coordinaciones y jefaturas necesarias para su correcto funcionamiento.
Reportar contenido inapropiado
Este contenido no es apropiado?
0 comentarios
Deja tu comentario
Inicia sesión con tu cuenta o regístrate para añadir tu comentario.
Cargando los comentarios ...