Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, sin perjuicio de que, a partir de su aprobación por parte del Ayuntamiento, la Secretaría de Finanzas y Administración pueda iniciar los trámites administrativos y jurídicos relativos a la creación de nuevas dependencias y unidades administrativas, respecto del Reglamento que se abroga en el transitorio siguiente.
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