Reglamento del Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey, Nuevo León
Participa en la Consulta Pública Ciudadana de la Iniciativa de Abrogación y Expedición del Reglamento del Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey, Nuevo León
ARTÍCULO 20.
El Consejo Ciudadano quedará conformado por aquellos ciudadanos con conocimientos sobre las diversas atribuciones del Instituto. Los consejeros, todos en su conjunto, deberán tener experiencia en materia de administración, planeación, política pública, gestión urbana, arquitectura, ingeniería, desarrollo urbano, sustentabilidad, medio ambiente, resiliencia, proyectos urbanos, urbanismo social, regeneración urbana, vivienda, infraestructura, educación ambiental, participación y cultura ciudadana, movilidad sustentable y seguridad urbana de los sectores público, académico, privado y/o social como universidades, cámaras, colegios, organizaciones civiles e instituciones y organismos públicos relacionados con la materia.
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