Reglamento del Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey, Nuevo León
Participa en la Consulta Pública Ciudadana de la Iniciativa de Abrogación y Expedición del Reglamento del Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey, Nuevo León
ARTÍCULO 33.
El Instituto administrará libremente sus recursos, tanto los otorgados por el Ayuntamiento como los ingresados por donativos, servicios y productos. El monto de los ingresos por donativos, servicios y productos no afectará el monto anual de recursos provenientes del Ayuntamiento.
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