Reglamento del Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey, Nuevo León
Participa en la Consulta Pública Ciudadana de la Iniciativa de Abrogación y Expedición del Reglamento del Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey, Nuevo León
ARTÍCULO 35.
La Tesorería Municipal realizará ministraciones a la cuenta del Instituto previo acuerdo del Tesorero Municipal con el Director General para acordar los tiempos y las formas de entrega de los recursos que corresponderán al Instituto.
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