Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
#GobernanzaTecnologica AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
Cambios en "Artículo 69. "
Ámbito
- +Distritos
Título
- -{"es"=>"69"}
- +{"es"=>"Artículo 69. "}
Cuerpo
- -["Artículo 69. El Municipio debe proveer a la ciudadana o ciudadano un Identificador Digital Municipal donde pueda utilizar y gestionar sus documentos de identidad para la realización de trámites y servicios.La autenticidad y legalidad de los documentos proporcionados en la plataforma para la Identidad Digital, será única responsabilidad de las y los Ciudadanos. Para su implementación se deberá asegurar el uso de medios electrónicos y de servicios en línea, los cuales deberán proteger datos personales y ser transparentes, inclusivos e interoperables."]
-
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El Municipio debe proveer a la ciudadana o ciudadano un Identificador Digital Municipal donde pueda utilizar y gestionar sus documentos de identidad para la realización de trámites y servicios.La autenticidad y legalidad de los documentos proporcionados en la plataforma para la Identidad Digital, será única responsabilidad de las y los Ciudadanos. Para su implementación se deberá asegurar el uso de medios electrónicos y de servicios en línea, los cuales deberán proteger datos personales y ser transparentes, inclusivos e interoperables.
"]