Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
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Cambios en "Artículo 72. "
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- +["Artículo 72. Los Sujetos Obligados, a través de los servidores públicos correspondientes, también contarán con identidad digital para llevar a cabo la interoperabilidad, trazabilidad y autenticidad de los trámites y servicios digitales.La identidad digital institucional estará asociada a las Unidades Administrativas de los Sujetos Obligados y no a sus titulares y/o demás empleados servidores públicos. La Secretaría, a través de la Dirección de Mejora Regulatoria, será responsable de administrar el alta, baja y control de dichos expedientes."]
Autoría de la versión
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09/06/2023 15:47