Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
#GobernanzaTecnologica AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
Volver a Reglamento de Gobernanza Tecnológica
Artículo 146.
La Secretaría informará a la Contraloría Municipal o al Órgano de Control interno que les corresponda a los sujetos obligados del presente Reglamento, de los casos que tenga conocimiento sobre algún incumplimiento a lo previsto en este ordenamiento.
Reportar contenido inapropiado
Este contenido no es apropiado?
0 comentarios
Deja tu comentario
Inicia sesión con tu cuenta o regístrate para añadir tu comentario.
Cargando los comentarios ...