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Origen:{"body":{"es":"ARTÍCULO 28. Las comisiones despacharán los asuntos que les encomienden en un plazo no mayor de treinta días, salvo que obre acuerdo en contrario de la propia comisión. Así mismo deberán dar seguimiento y dictaminar los asuntos que se encuentren en calidad de pendientes de la administración saliente. La Dirección de Gobierno y Asuntos Políticos de la Secretaría del Ayuntamiento deberá solicitar mantener publicada y actualizada en la Página Oficial de Internet del Municipio, la siguiente información correspondiente a cada una de las comisiones que integran este Ayuntamiento: \r\n\r\na) Registro de los asuntos en trámite de cada comisión, bajo un número de expediente, mismos que deberán atenderse de acuerdo a la fecha de recepción; \r\nb) Dictámenes aprobados por el Ayuntamiento, y una síntesis de los mismos; \r\nc) Sesiones y mesas de trabajo de las comisiones, así como una cronología informativa; \r\nd) Actas integras de cada una de las sesiones de trabajo; \r\ne) Integrantes de cada Comisión; \r\nf) Órdenes del día; \r\ng) Listas de Asistencia;\r\n h) Convocatorias; \r\ni) Votaciones; y \r\nj) Reuniones de trabajo. \r\n\r\nToda la información que de acuerdo a los criterios de Datos Abiertos deberá publicarse bajo la opción del formato editable."},"title":{"es":"16"}}
Esta huella digital se calcula utilizando un algoritmo hash SHA256. Para poder replicarlo tú mismo, puedes usar una Calculadora MD5 en línea (Enlace externo) y copiar y pegar los datos de origen.
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