Consulta del Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
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Cambios en "Artículo 12. "
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- +["Artículo 12. El Consejo sesionará de forma ordinaria cuando menos tres veces al año y de forma extraordinaria las veces que sean necesarias a juicio de la persona que presida el consejo o de él(la) Secretario(a) suplente responsable del tema, previa convocatoria de él(la) Secretario(a) Técnico(a) con una anticipación de cinco días hábiles en el caso de las ordinarias y de dos días hábiles para el caso de las extraordinarias, misma que deberá de notificarse por escrito y entregarse en el domicilio y/o correo electrónico registrado de los miembros, con previo acuse de recibo.El Consejo sesionará con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros. Las resoluciones se tomarán por medio de mayoría simple. Quien presida la sesión tendrá voto de calidad en caso de empate."]
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29/09/2022 12:56