Consulta del Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
#MejoraRegulatoria AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
Cambios en "Artículo 67. "
Título
- -{"es"=>"70"}
- +{"es"=>"Artículo 67. "}
Cuerpo
- -["Artículo 67. Los procesos de diseño y revisión de las regulaciones y propuestas regulatorias, así como los Análisis de Impacto Regulatorio correspondientes deberán enfocarse prioritariamente en contar con regulaciones que cumplan con los siguientes propósitos:Generen los mayores beneficios para la sociedad;Promuevan la coherencia de políticas públicas;Mejoren la coordinación entre poderes y órdenes de gobierno; Fortalezcan las condiciones de libre concurrencia y competencia económica y que disminuyan los obstáculos al funcionamiento eficiente de los mercados; Impulsen la atención de situaciones de riesgo mediante herramientas proporcionales a su impacto esperad;Que sus impactos resulten proporcionables para el problema que se busca resolver y para los sujetos regulados a los que aplica, y Establezcan medidas que resulten coherentes con la aplicación de los Derechos Humanos en el Municipio.Las Propuestas Regulatorias indicarán necesariamente la o las Regulaciones que pretenden abrogar, derogar o modificar, en términos del artículo 78 de este Reglamento. Lo anterior deberá quedar asentado en el Análisis de Impacto Regulatorio."]
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Los procesos de diseño y revisión de las regulaciones y propuestas regulatorias, así como los Análisis de Impacto Regulatorio correspondientes deberán enfocarse prioritariamente en contar con regulaciones que cumplan con los siguientes propósitos:
I. Generen los mayores beneficios para la sociedad;
II. Promuevan la coherencia de políticas públicas;
III. Mejoren la coordinación entre poderes y órdenes de gobierno;
IV. Fortalezcan las condiciones de libre concurrencia y competencia económica y que disminuyan los obstáculos al funcionamiento eficiente de los mercados;
V. Impulsen la atención de situaciones de riesgo mediante herramientas proporcionales a su impacto esperado;
VI. Que sus impactos resulten proporcionables para el problema que se busca resolver y para los sujetos regulados a los que aplica, y
VII. Establezcan medidas que resulten coherentes con la aplicación de los Derechos Humanos en el Municipio.Las Propuestas Regulatorias indicarán necesariamente la o las Regulaciones que pretenden abrogar, derogar o modificar, en términos del artículo 78 de este Reglamento. Lo anterior deberá quedar asentado en el Análisis de Impacto Regulatorio.
"]