Consulta del Reglamento de Entrega-Recepción para la administración pública del municipio de Monterrey.
#AhoraInnovamosJuntos (Enlace externo) Iniciativa de Reglamento de Entrega-Recepción para la administración pública del municipio de Monterrrey.
Cambios en "Artículo 13 "
Título
- -{"es"=>"13"}
- +{"es"=>"Artículo 13 "}
Cuerpo
- -["ARTÍCULO 13. La Contraloría Municipal, tendrá las siguientes atribuciones: I. Diseñar e implementar el Sistema de Entrega Recepción de la administración pública Municipal; II. Diseñar e implementar los anexos a que hace referencia el artículo 28 de este Reglamento; III. Expedir las disposiciones administrativas complementarias para el cabal cumplimiento de este Reglamento; IV. Dirimir las controversias que se susciten durante la Entrega Recepción; V. Supervisar el cumplimiento de la Entrega Recepción; y, VI. Promover, en su caso, el inicio de procedimientos de responsabilidad que corresponda."]
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La Contraloría Municipal, tendrá las siguientes atribuciones:
I. Diseñar e implementar el Sistema de Entrega Recepción de la administración pública Municipal;
II. Diseñar e implementar los anexos a que hace referencia el artículo 28 de este Reglamento;
III. Expedir las disposiciones administrativas complementarias para el cabal cumplimiento de este Reglamento;
IV. Dirimir las controversias que se susciten durante la Entrega Recepción; V. Supervisar el cumplimiento de la Entrega Recepción; y,
VI. Promover, en su caso, el inicio de procedimientos de responsabilidad que corresponda.
"]