Consulta del Reglamento de Entrega-Recepción para la administración pública del municipio de Monterrey.
#AhoraInnovamosJuntos (Enlace externo) Iniciativa de Reglamento de Entrega-Recepción para la administración pública del municipio de Monterrrey.
Artículo 27
El acta de Entrega Recepción, deberá contener, al menos:
I. Lugar, fecha y hora de inicio y conclusión;
II. Entidad, dependencia o unidad administrativa de que se trata;
III. Nombre del servidor público que entrega y del servidor público que recibe, así como documentación que acredite su personalidad;
IV. Nombre del representante del Órgano Interno de Control, así como documentación que acredité su personalidad;
V. Nombre del enlace de Entrega Recepción; VI. Nombre de los testigos; VII. Domicilio para oír y recibir notificaciones;
VIII. Documentos, de identificación oficial del servidor público que entrega, del servidor público que recibe, y de los testigos de éstos, documentos que estarán sujetos a la observancia de las leyes de protección de datos personales en posesión de particulares y demás cuerpos normativos aplicables a la materia;
IX. Relación de los anexos; X. En su caso, si existieron observaciones previas a la firma del acta, así como el resultado de las mismas; y,
XI. Firma al calce y al margen de los que intervinieron en el proceso de Entrega Recepción. En caso de negativa a firmar el acta por una o más personas de las que en ella intervinieron, esta circunstancia se hará constar por el Órgano Interno de Control, sin que afecte la validez de dicha acta.
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