Consulta del Reglamento de Entrega-Recepción para la administración pública del municipio de Monterrey.
#AhoraInnovamosJuntos (Enlace externo) Iniciativa de Reglamento de Entrega-Recepción para la administración pública del municipio de Monterrrey.
Artículo 34.
El acto de Entrega Recepción de la Administración Pública Municipal de Monterrey, Nuevo León, por término de un ejercicio constitucional o legal, se llevará a cabo una vez terminada la ceremonia de toma de protesta del R. Ayuntamiento entrante, los Presidentes Municipales, entrante y saliente, y el Contralor Municipal saliente, en su defecto, quien hiciera las funciones de este, así como los Síndicos Municipales entrantes y salientes, levantarán acta circunstanciada por duplicado del acto protocolario de la Entrega Recepción, la cual deberá ser firmada por los que intervinieron, entregando un tanto de la misma, y sus anexos, al Ayuntamiento entrante, y otro al Ayuntamiento saliente. El acta circunstanciada del acto protocolario de la Entrega Recepción, y sus anexos, correspondiente al Ayuntamiento Entrante, deberá resguardarse por la Contraloría Municipal.
0 comentarios
Deja tu comentario
Inicia sesión con tu cuenta o regístrate para añadir tu comentario.
Cargando los comentarios ...