Consulta del Reglamento de Entrega-Recepción para la administración pública del municipio de Monterrey.
#AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Entrega-Recepción para la administración pública del municipio de Monterrrey.
Cambios en "Artículo 44. "
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- +["Artículo 44. El servidor Público que recibe, tendrá un plazo de treinta días hábiles siguientes a la firma del acta de Entrega Recepción, excepto en el caso del término del período Constitucional de Gobierno, quién tendrá noventa días hábiles, para hacer observaciones respecto del contenido del acta referida y sus anexos. El Órgano Interno de Control, dentro de los quince días naturales siguientes, determinará la procedencia de las observaciones y, en su caso, notificará al servidor público que hizo la entrega, de las observaciones aludidas para que, en un término no mayor a quince días hábiles, realice las aclaraciones correspondientes."]
Autoría de la versión
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19/06/2023 13:42