Consulta Ciudadana Pública para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Iniciativa para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Artículo 39.-
Prohibiciones a los conductores respecto al transporte escolar, de personal y transporte público. Además de las obligaciones y prohibiciones que se establecen para los conductores de vehículos motorizados cuando se encuentren con un vehículo de transporte escolar, de personal y transporte público estarán obligados a: I. Disminuir la velocidad de su vehículo a un máximo de 20 km/hr y tomar las debidas precauciones cuando encuentren un vehículo de transporte detenido en la vía pública, realizando maniobras de ascenso y descenso de escolares o de personal; II. Obedecer estrictamente las señales de protección y las indicaciones de los policías de tránsito, auxiliares y promotores de movilidad; y III. Al alcanzar un vehículo de transporte escolar o de personal detenido para el ascenso y descenso de escolares o de personal, todo conductor detendrá su vehículo atrás del transporte.
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