Consulta Ciudadana Pública para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Iniciativa para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Artículo 45.-
Red Troncal. Los vehículos de transporte de carga pesada y los permisionarios del Servicio de Autotransporte Federal de carga y Transporte Privado de Carga Federal, que cuenten con registro ante la autoridad competente podrán circular por vías limitadas, queforman parte de la Red Troncal de acuerdo al Anexo 2, en un horario de 06:30 a 09:30 hrs y de las 18:00 a las 20:00 hrs. en las vías limitadas establecidas en el Anexo 2; en ambos casos las restricciones se aplicarán únicamente de lunes a viernes. Para losefectosdel párrafo anterior, existirá una Red de Circulación, misma que se acordará por el Cabildo del Municipio de Monterrey, en consenso con: 1.integrantes de la industria de transporte de carga pesada y los permisionarios del Servicio de Autotransporte Federal de carga y Transporte Privado de Carga Federal; 2.Integrantes de organizaciones de la sociedad civil; y 3.Ciudadanos con un interés social, debidamente acreditado. Los vehículos de transporte de carga pesada que circulen en la Red Troncal con configuraciones vehiculares de hasta 4-cuatro ejes no serán sujetos a las restricciones contenidas en el párrafo anterior.Los vehículos de transporte de materiales, sustancias o residuos peligrosos a granel, que no tengan como destino final el área metropolitana de Monterrey obligatoriamente deberán hacer uso de los libramientos periféricos. Para los casos en que se tenga como origen el área metropolitana de Monterrey, deberá sujetarse a las rutas que al efecto se establezcan, y sean acordadas por los Municipios, la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes, Protección Civil y la Industria.
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