Consulta Ciudadana Pública para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Iniciativa para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Artículo 58.-
El estacionamiento en vía pública. El estacionamiento en vía pública es el espacio físico establecido en la vialidad, para detener y desocupar los vehículos, cuando así lo disponga la autoridad se realizará el pago de una tarifa. La Secretaría de Desarrollo Urbano Sostenible establecerá los lineamientos para regular el estacionamiento de vehículos en la vía pública. Cuando un vehículo esté indebidamente estacionado, cause interrupción a la circulación u obstruya la visibilidad de señales o dispositivos de tránsito, será retirado con grúa y se depositará en el lote autorizado, si la interrupción de la circulación es intencional, se hará acreedor a una sanción sin derecho a descuento ni cancelación. Los gastos de acarreo y pensión serán por cuenta del infractor.
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