Consulta Ciudadana Pública para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Iniciativa para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Cambios en "Artículo 67.- "
Comparar el modo de visualización:
Modo de vista HTML:
Título
- -{"es"=>""}
- +{"es"=>"Artículo 67.- "}
Cuerpo
- -[""]
- +["Obligaciones de los pasajeros y ocupantes de los vehículos. Los pasajeros y ocupantes de vehículos, según sea el caso, deberán cumplir con lo siguiente: I. Usar el cinturón de seguridad; II. Viajar debidamente sentados en el lugar que les corresponda; III. Descender siempre por el lado de la banqueta o acotamiento; IV. Los pasajeros del Servicio Local o Federal deben tener para los demás pasajeros y éstos para el operador una conducta de respeto, absteniéndose de realizar cualquier acto que ocasione molestias. Ningún pasajero puede hacer uso de aparatos reproductores de sonido a menos que use audífonos; y, V. Usar debidamente casco protector al viajar en motocicleta conforme al Anexo 5 correspondiente al presente Reglamento. En caso de el incumplimiento de lo establecido en el artículo 67, fracción II, inciso b) y en la fracción primera del presente artículo, se le hará entrega al conductor de una boleta de infracción para que comparezca ante el juzgado cívico."]
Autoría de la versión
Versión creada el
14/02/2024 16:34