Consulta Ciudadana Pública para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Iniciativa para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Artículo 69.-
Disposiciones de seguridad para conductores de vehículos no motorizados. Además de lo que corresponda a lo establecido los conductores y ocupantes de vehículos no motorizados deben de cumplir con las disposiciones indicadas en el presente artículo de acuerdo a la naturaleza propia de cada vehículo: I. Usar aditamentos luminosos, bandas fluorescentes o reflejantes en horario nocturno o circunstancias de poca visibilidad; y II. En caso de llevar a acompañantes menores de 5 años que tengan la capacidad de sentarse por cuenta propia y mantener erguida la cabeza, los menores deberán de ser transportados en: remolques o cabinas que tengan estructura de protección lateral, bandas reflejantes y cinturones que aseguren el torso del menor; o sillas especiales, con cinturones que aseguren el torso del menor, cuya estructura proteja la cabeza y las piernas del menor, quien deberá portar casco.
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