Consulta Ciudadana Pública para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Iniciativa para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Artículo 89.-
Elementos para la conducción de vehículos. I. Los conductores de vehículos motorizados deben cerciorarse de que su vehículo esté provisto de los siguientes elementos, de acuerdo a la naturaleza propia de cada vehículo: a. Neumáticos.- Los neumáticos de los vehículos deberán estar en condiciones que garanticen la seguridad al circular; b. Frenos.- Todo vehículo deberá estar provisto de frenos que puedan ser accionados efectivamente de modo seguro, rápido y eficaz por el conductor; debiendo estar éstos en buen estado y actuar en todas las llantas. En el caso de los vehículos motorizados que cuentan con frenos de estacionamiento deberán mantener inmóvil el vehículo al dejarlo estacionado sin importar las condiciones de la carga y del camino; c. Luces y reflejantes. - Las luces y reflejantes de los vehículos deben estar dispuestos en cantidad, calidad, color, tamaño y posición marcada en las especificaciones de fabricación del vehículo de que se trate, obligatoriamente y tendrán al menos: • Cuartos delanteros, de luz amarilla o blanca y cuartos traseros de luz roja; •Farosdelanteros, que cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas, dotados de un mecanismo para cambio de intensidad; • Luces indicadoras de frenos en la parte trasera; •Direccionales y luces de parada de destello intermitente delanteras y traseras; • Luces para indicar movimiento en reversa; • Luces que iluminen la placa de matrícula posterior; y • Tablero de control con iluminación nocturna según el fabricante. d.Asientos.- Deberán estar siempre unidos firmemente a la carrocería. Para el caso de los vehículos motorizados que apliquen, se deberán utilizar luces y/o reflejantes especiales según el tipo y dimensiones del vehículo. Para lo anterior, se aplicará lo establecido en el Reglamento de Tránsito para Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal. e. Espejos retrovisores. - Todo vehículo automotor deberá contar con un espejo retrovisor en su interior y dos espejos retrovisores laterales en el exterior del vehículo. Estos deberán estar siempre limpios y sin roturas; f. Para el caso de los vehículos de transporte de carga y de pasajeros cuya carrocería impida la visión central sólo tendrán los espejos laterales; g. Cinturón de seguridad. - Cinturones de seguridad para cada ocupante del vehículo, que sea adecuado según el fabricante y el modelo; además, todos los asientos del vehículo deberán estar siempre unidos firmemente a la carrocería; h. Defensa de los vehículos. - Todos los vehículos automotores de 4-cuatro o más ruedas deberán contar con dos defensas adecuadas establecidas por el fabricante; i. Sistema de escape. - Todos los vehículos automotores deberán estar provistos de un sistema de escape para controlar la emisión de gases y humos, derivados del funcionamiento del motor, que además deberá contar con dispositivo silenciador que amortigüe las explosiones del motor. Este sistema no deberá presentar roturas o fugas en ninguno de sus componentes desde el motor hasta la salida o que emitan un ruido excesivo; j. Cristales. - Todos los cristales de los vehículos automotores deberán estar en buenas condiciones, mantenerse limpios y libres de objetos o materiales que impidan o limiten la visibilidad del exterior al interior y a la inversa. k. Elcristal del parabrisas deberá permitir la visibilidad al interior y exterior del vehículo, ser inastillable y sin fracturas; además deberá contar con limpiadores de parabrisas, según el fabricante; l. Una bocina que emita un sonido audible desde una distancia de 60-sesenta metros en circunstancias normales; m Insumos.- Combustible y lubricante suficientes para su buen funcionamiento; así como tapón o tapa del tanque del combustible, el cual deberá ser de diseño original o universal, se prohíbe utilizar madera, estopa, tela, botes o cualquier dispositivo; n.Dispositivos adicionales. - Todos los vehículos automotores, excepto las motocicletas deben contar con extintor en buen estado de funcionamiento; así como dos señalamientos de advertencia reflejantes o luminosos, neumático de refacción y la herramienta adecuada para el cambio o reparación de la misma; o en su caso, neumáticos que permitan la circulación sin presión o el sistema auxiliar de seguridad que permita rodar con un neumático ponchado; y o. Pantaloneras o cubrellantas.- Los vehículos de plataforma, caja, remolque, quinta rueda o de cualquier otro tipo en el que las llantas posteriores no tengan concha en la parte superior; deberán contar con pantaloneras (zoqueteras). II. Vehículos de transporte de carga peligrosa.- Los conductores de vehículos que transporten carga peligrosa, deberán: a. Ir señalizados y balizadosde conformidad con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas y demás reglamentos aplicables, con relación a este tipo de transporte; y b. Llevar en la parte posterior y en los lados las leyendas siguientes: “Peligro, material explosivo, inflamable,tóxico o peligroso”. III. Vehículos de Transporte Escolar. - Los vehículos de transporte escolar deberán cumplir además con los siguientes requisitos: a. Ventanillas protegidas con malla metálica para evitar que los escolares saquen alguna parte de su cuerpo; b. Colores distintivos, ámbar con una franja blanca y leyendas en color negro; c. Bandas reflejantes de color blanco y rojo en los costados laterales y posterior y bandas reflejantes amarillas en la parte frontal; d. En la parte superior del vehículo, con dos luces que emitan al frente luz amarilla y atrás dos luces que emitan luz roja; e. Contar con un botiquín de primeros auxilios; f. Contar con salida de emergencia; y g. Tener impreso al frente y atrás un número económico mismo que tendrá un tamañomínimo de 25-veinticinco centímetros de alto por 15-quince centímetros de ancho y también una calcomanía que diga “Quejas” y además los números de teléfono de la autoridad reguladora del transporte en el estado y/o de la autoridad educativa correspondiente. IV. Elementos para la conducción de vehículos de enseñanza. Los conductores de vehículos para enseñanza, adicionalmente a lo establecido en el presente Reglamento, deben contar con: a. Un sistema de doble control de frenos, embragues y retrovisores, quepermita al instructor controlar el vehículo cuando sea necesario con absoluta independencia del aprendiz; b. La leyenda “Vehículo de enseñanza” en los costados y la parte posterior; y c. Las demás características que determine la Secretaría. Adicionalmente, las escuelas de manejo que incumplan lo dispuesto en este artículo serán sancionadas de acuerdo a lo que establezca la autoridad estatal respectiva. V.Elementos para la conducción de vehículos de transporte público y de personal. Los conductores de vehículos de transporte público y transporte de personal deben contar con: a.Bandas reflejantes de color blanco y rojo en los costados laterales y posterior y bandas reflejantes amarillas en la parte frontal; b. Colores distintivos, ámbar con una franja blanca y leyendas en color negro; c. En la parte superior del vehículo, con dos luces que emitan al frente luz amarilla y atrás dos luces que emitan luz roja; d. Contar con un botiquín de primeros auxilios; e. Contar con salida de emergencia; y f. Tener impreso al frente y atrás un número económico mismo que tendrá un tamaño mínimo de 25-veinticinco centímetros de alto por 15-quince centímetros de ancho y también una calcomanía que diga “QUEJAS” y además los números de teléfono que determine el Instituto de Movilidad y Accesibilidad de NuevoLeón. VI. Elementos para la conducción de vehículos de transporte de carga. Los conductores de vehículos de transporte de carga deben contar con: a. Bandas reflejantes de color blanco y rojo en los costados laterales y posterior y bandas reflejantes amarillas en la parte frontal; b. Cuando se trate de un vehículo con doble remolque, deberá contar con leyendas de advertencia “Precaución doble semi remolque”; c. Salvaguardas laterales de acuerdo con el Anexo 3 correspondientede este ordenamiento; d.Los vehículos de plataforma, caja, remolque, quinta rueda o de cualquier otro tipo en el que las llantas posteriores no tengan concha en la parte superior; deberán contar con pantaloneras o cubrellantas (zoqueteras); y e. Documentoo constancia que avale la supervisión de pesos y dimensiones de todos los vehículos motorizados, mismos que en todas sus modalidades deberán cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas y demás leyes aplicables. VII. Dispositivos para remolques.- Todos losremolques deberán tener además del dispositivo de unión al vehículo automotor, 2-dos cadenas adecuadas al peso de cada remolque; debiendo ir una a cada lado del frente del remolque. Estas cadenas deberán unirse al vehículo automotor para evitar el desprendimiento total del remolque en caso de falla del dispositivo de unión. El conductor de la unidad, deberá poseer licencia expedida por la autoridad competente. VIII. Vehículos conducidos por personas con discapacidad.- Los vehículos que sean conducidos por personas con discapacidad deberán contar con los dispositivos especiales para cada caso. Estos y los que transportan a personas con discapacidad deberán contar con placas expedidas por la autoridad competente en donde aparezca el emblema correspondiente, para que puedan hacer uso de los lugares exclusivos. Estos vehículos no podrán hacer uso de los lugares exclusivos cuando no sean conducidos por personas con discapacidad o bien cuando no transporten a éstos.
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