Consulta Ciudadana Pública para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Iniciativa para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Cambios en "Artículo 120.- "
Comparar el modo de visualización:
Modo de vista HTML:
Título
- -{"es"=>""}
- +{"es"=>"Artículo 120.- "}
Cuerpo
- -[""]
- +["Entrega de multas. Cuando se trate de infracciones a este Reglamento captadas por equipos y sistemas tecnológicos portátiles, la boleta de infracción será entregada en forma personal por conducto del policía de tránsito que la expida, de lo cual dejará constancia. Si el infractor se negara a recibirla se hará constar esa situación para los efectos correspondientes. Las multas expedidas con apoyo de equipos y sistemas tecnológicos, en el caso que no fuera posible la entrega personal al infractor en el momento que se expida, será notificada por correo certificado o con acuse de recibo en el domicilio registrado del propietario del vehículo quien será responsable de su pago."]
Autoría de la versión
Versión creada el
14/02/2024 16:34