Consulta Ciudadana Pública para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Iniciativa para la Expedición del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey
Artículo 142.-
Servicio comunitario. Las multas impuestas a los conductores infractores podrán ser solventadas de la siguiente forma: I. Mediante pago económico al cien por ciento; II. En su totalidad con servicio comunitario, cuando la sanción sea menor o igual a 10 cuotas; y III. Un porcentaje con servicio comunitario y un porcentaje económico, cuando la sanción sea mayor a 10 cuotas.
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