Presupuesto Participativo 2024
#MonterreyComoLoImaginamos ¡Ahora decidimos juntas y juntos!
Conversion del sistema de riego y siembra de arboles en los parques de Cumbres San Agustin
Ubicación:
3 Parques en Cumbres San Agustin.
- El 1ero Avenida Cumbres San Agustin entre Cognac y Versalles
- El 2do Avenida Cumbres San Agustin entre Caserta y Verona
- El 3ero Avenida Cumbres San Agustin y Torre del Greco
¿Qué problemática atiende este proyecto?
Estos parques se construyeron con sistema de riego de agua de pozo. Se diseño un sistema de tuberías y válvulas para regar con aspersores. Este tipo de sistemas ya no son sostenibles por la problemática de falta de lluvias para mantener el agua de los mantos freáticos. Sin embargo la colonia requiere mantener estas areas verdes que son areas de interés común para el esparcimiento de los colonos.
Descripción:
Necesitamos
A) Convertir el riego a un sistema que tenga como suministro alternos
- 1) Recibir agua tratada con pipas
- 2) Captar agua de lluvia.
B) Habilitar el riego del parque 2 y parque 3, ya que sus tuberías están rotas y ya no pueden recibir agua
C) Habilitar la cantidad de arboles
- Remplazar los que ya están muertos
- Sembrar nuevos por aquellos típicos de la region
D) Instalar goteros en los arboles para mejor aprovechamiento del agua
#MonterreyComoLoImaginamos
Esta propuesta ha sido rechazada porque:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 16 fracción IX, 113, 114 y 119 fracción VIII del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey; artículos 1, 4, 6, 7, 8, 9, 65, 66, 67, 71, 72 y 73 del Reglamento de Presupuesto Participativo del Municipio de Monterrey, nos permitimos informarle que el proyecto “Conversión del sistema de riego y siembra de árboles en los parques de Cumbres San Agustín” no cuenta con factibilidad jurídica ni técnica toda vez que el proyecto propuesto involucra asuntos Federales relacionados con Agua y Drenaje, por lo tanto el Municipio no está en posibilidades de intervenir, y a su vez actualmente no se cuenta con suministro de agua disponible para el riego. Lo anterior en atención al artículo 78 del Reglamento de Presupuesto Participativo del Municipio de Monterrey, el cual dispone lo siguiente: "Los proyectos que no obtengan la factibilidad técnica, jurídica o presupuestaria de las dependencias municipales correspondientes, no serán sometidos a votación, lo cual deberá ser comunicado fundada y motivadamente en la propia Plataforma de Internet al proponente o a su representante."
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