Presupuesto Participativo 2024
#MonterreyComoLoImaginamos ¡Ahora decidimos juntas y juntos!
Sistema de Cámaras de Vigilancia Vecinal Preventiva Colonia Contry
Solicitamos sistema de cámaras de vigilancia vecinales inalámbricas para la Colonia Contry monitoreadas desde la caseta de vigilancia Contry y enlazadas al C4.
Uno de los temas prioritarios de la actualidad es la SEGURIDAD, y para apoyar a lograrlo deseamos contar con un sistema de monitoreo de cámaras inalámbricas de seguridad preventivo para sentirnos protegidos en nuestros hogares, y que daría apoyo a las patrullas 904 y 925 de la Policía de Monterrey.
Beneficios del sistema de cámaras de vigilancia
La tecnología aplicada en las cámaras de vigilancia ha evolucionado de manera significativa. La innovación y las actualizaciones han traído grandes beneficios para la seguridad de hogares y espacios públicos, tales como:
- Vigilancia 24/7
- Vigilancia preventiva
- Detener el crimen y delitos.
- Monitoreo de escenarios y actividades.
- Monitorear acciones de personas durante un evento.
- Recopilar evidencia con cámaras instaladas en lugares estratégicos.
- Mantener registros. Las cámaras graban y documentan todo lo que ven sistemáticamente, con fecha y hora del evento, manteniendo registros de todo lo que sucede.
La Colonia Contry es grande y extensa, contando con 54 calles y 1,600 casas habitación, siendo necesario un sistema de cámaras de vigilancia para monitorearla 24/7.
Contamos con oficial las 24 horas en la caseta de vigilancia Contry.
Como ejemplo tenemos el delito ocurrido el 01 de febrero 2023, donde el joven mostrado en las fotografías estuvo 2 horas y media en la calle, de 5:00 a 7:30 am, robando el interior de varios autos y NADIE LO VIO. Pasó la patrulla 5 veces y el ratero se escondía, por lo que no lo veían.
Si en la caseta de vigilancia se tuvieran cámaras, lo pudieron haber detectado y avisado a las patrullas donde se escondía el delincuente.
#MonterreyComoLoImaginamos
Esta propuesta ha sido aceptada porque:
Conforme a lo establecido en los artículos 67, 71, 72 y 73 del Reglamento del Presupuesto Participativo del municipio de Monterrey; artículo 119 fracción VIII del Reglamento de la Administración Pública municipal de Monterrey, nos permitimos informarle que dicho proyecto cuenta con la factibilidad jurídica, presupuestaria y técnica. Por lo que dicho proyecto podrá ser sometido a la fase de votación a través de la Plataforma de Internet, así como de manera presencial de acuerdo al artículo 80 del Reglamento del Presupuesto Participativo del municipio de Monterrey.
De resultar ganador, el proyecto se realizará de acuerdo al alcance presupuestal asignado al sector, así como a la priorización vecinal de las necesidades y una revisión técnica más detallada del espacio.
Propuesta vinculada a estos resultados:
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