Consulta Ciudadana Pública para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Iniciativa para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Artículo 42.-
El Programa Municipal de Protección Civil deberá contener cuando menos: I. Los antecedentes históricos de los riesgos, emergencias o desastres en el Municipio; II. La identificación de todo tipo de riesgos a que está expuesto el Municipio; III. La identificación de los objetivos del Programa; IV. Los subprogramas de Prevención, Auxilio y Recuperación con sus respectivas metas, estrategias y líneas de acción; V. Archivo de los programas o subprogramas de emergencia, creados especialmente para una eventualidad concreta; VI. La estimación de los recursos financieros; y VII. Los mecanismos para el control y evaluación.
Reportar contenido inapropiado
Este contenido no es apropiado?
0 comentarios
Deja tu comentario
Inicia sesión con tu cuenta o regístrate para añadir tu comentario.
Cargando los comentarios ...