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Origen:{"body":{"es":" Los derechos y obligaciones de los habitantes, residentes y de cualquier persona que transite por el Municipio, en materia de Protección Civil, son los siguientes: I. Informar de cualquier riesgo, emergencia o desastre; II. Participar en las acciones coordinadas por las autoridades de Protección Civil en caso de emergencia, riesgo o desastre; III. Cooperar con las autoridades para la ejecución de programas de Protección Civil; IV. Respetar la señalización preventiva y de auxilio; V. Mantenerse informado de las acciones y actitudes que deben asumirse antes, durante y después de un siniestro o desastre; VI. Participar en los simulacros que las autoridades determinen; VII. Denunciar ante la autoridad municipal, todo hecho, acto u omisión que cause o pueda causar riesgo, emergencia o desastre para la población; y VIII. Los demás que le otorguen el presente Reglamento y las autoridades de Protección Civil, siempre y cuando ello no implique a los ciudadanos un perjuicio de sus personas o patrimonio. "},"title":{"es":"Artículo 67.-"}}
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