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Origen:{"body":{"es":" Cuando un desastre se desarrolle u origine en propiedad privada, los propietarios o encargados procurarán facilitar el acceso a los cuerpos de rescate y proporcionar toda clase de información y apoyo a las autoridades de Protección Civil Municipal. En el caso de que un inmueble haya sufrido algún siniestro por un agente destructivo, el interesado podrá solicitar una evaluación de riesgos donde la Dirección pondere el riesgo sobre los peligros identificados a los sentidos, en el inmueble con la finalidad de salvaguardar la integridad de la ciudadanía que transite o habite en o cerca del inmueble afectado. "},"title":{"es":"Artículo 68.-"}}
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