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Origen:{"body":{"es":"Los propietarios de vehículos que trasladen artículos, sustancias químicas peligrosas, gases, combustibles, residuos, solventes, maderas, explosivos o cualquier material que por su naturaleza o cantidad sean altamente inflamables o peligrosos, deberán sujetarse a lo establecido en las Leyes Estatales y Federales de la materia y a las disposiciones de este Reglamento. "},"title":{"es":"Artículo 69.- "}}
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