Consulta Ciudadana Pública para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Iniciativa para la Abrogación del Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey y Expedición del Reglamento de Protección Civil y Gestión de Riesgos de la Ciudad de Monterrey
Cambios en "Artículo 78. "
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- +{"es"=>"Artículo 78. "}
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- +["Las medidas que el Gobierno Municipal podrá adoptar cuando se haya declarado formalmente zona de desastre de nivel municipal son las siguientes: I. Realizar visitas de inspección dentro de aquellos establecimientos o bienes de competencia municipal. II. Atención médica inmediata y gratuita; III. Alojamiento, alimentación y recreación; IV. Restablecimiento de los servicios públicos afectados; V. Suspensión temporal de las relaciones laborales, sin perjuicio para el trabajador; VI. Suspensión de las actividades escolares en tanto se vuelve a la normalidad; y VII. Las demás que determine el Consejo de Protección Civil Municipal. "]
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22/12/2023 14:02