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Origen:{"body":{"es":"Artículo 116.- El Plan Monterrey debe partir de la Línea de Base como un instrumento de planeación en donde se establecerán los objetivos, estrategias y metas para el fortalecimiento de las capacidades en materia de preparación, auxilio y recuperación, sustituirá́ al Programa Municipal de Protección Civil y estará́ integrado por los diferentes programas y órdenes de operación particulares y generales en materia de Protección Civil.\r\n\r\n\r\n La Coordinación Municipal de Protección Civil elaborará el proyecto del Plan Monterrey, mismo que deberá ser presentado al Consejo Municipal de Protección Civil para su aprobación. Las Dependencias del Gobierno Municipal deberán proporcionar a la Coordinación la información que les corresponda. "},"title":{"es":"Artículo 116 117.-"}}
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