Consulta Ciudadana Pública para la Reforma por Modificación, Derogación y Adición al Reglamento para las Construcciones del Municipio de Monterrey
#AhoraInnovamosJuntos INICIATIVA PARA LA REFORMA POR MODIFICACIÓN, DEROGACIÓN Y ADICIÓN AL REGLAMENTO PARA LAS CONSTRUCCIONES DEL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN
Cambios en "ARTÍCULO 123 BIS. "
Título
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- +{"es"=>"ARTÍCULO 123 BIS. "}
Cuerpo
- -["ARTÍCULO 123 BIS. La Secretaría deberá de dar respuesta a la solicitud de constancia de terminación de obras en el término que establece la Ley, si se trata de una construcción que se sujetó al régimen de propiedad en condominio con propuesta de garantía, o si se trata de una edificación no sujeta a ese régimen de propiedad, según corresponda, término que empezará a contar a partir del día siguiente al del ingreso de la solicitud, excepto cuando se le notifique la preventiva, cuyo término se sujetará a lo dispuesto por la Ley y este Reglamento."]
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La Secretaría deberá de dar respuesta a la solicitud de constancia de terminación de obras en el término que establece la Ley, si se trata de una construcción que se sujetó al régimen de propiedad en condominio con propuesta de garantía, o si se trata de una edificación no sujeta a ese régimen de propiedad, según corresponda, término que empezará a contar a partir del día siguiente al del ingreso de la solicitud, excepto cuando se le notifique la preventiva, cuyo término se sujetará a lo dispuesto por la Ley y este Reglamento.
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