Consulta Ciudadana Pública para la Reforma por Modificación, Derogación y Adición al Reglamento para las Construcciones del Municipio de Monterrey
#AhoraInnovamosJuntos INICIATIVA PARA LA REFORMA POR MODIFICACIÓN, DEROGACIÓN Y ADICIÓN AL REGLAMENTO PARA LAS CONSTRUCCIONES DEL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN
Cambios en "ARTÍCULO 134. "
Título
- -{"es"=>"17"}
- +{"es"=>"ARTÍCULO 134. "}
Cuerpo
- -["ARTÍCULO 134. Para realizar obras en la vía pública, y obtener la ocupación parcial o total de su superficie, subsuelo o espacio aéreo, con el fin de realizar obras, excavaciones, construcciones, instalaciones, modificaciones o reparaciones públicas o privadas; así como depositar o colocar en ella materiales u objetos,se requiere la autorización expresa de laDirección de Servicios Técnicosde la Secretaría de Servicios Públicos,mediante la expedición del Permiso Especial para Trabajos en la Vía Pública. La Secretaría de Servicios Públicos, al otorgar autorización para las obras mencionadas, señalará en cada caso las condiciones bajo las cuales se conceda y de modo que al ejecutarse los trabajos sólo se interrumpa el funcionamiento de la vía pública en el espacio y por el tiempo mínimos que sean necesarios. Los solicitantes estarán obligados a efectuar las reparaciones correspondientes pararestaurar o mejorar el estado original, o al pago de su importe cuando la Autoridad competente las realice."]
-
+["
Para realizar obras en la vía pública, y obtener la ocupación parcial o total de su superficie, subsuelo o espacio aéreo, con el fin de realizar obras, excavaciones, construcciones, instalaciones, modificaciones o reparaciones públicas o privadas; así como depositar o colocar en ella materiales u objetos,se requiere la autorización expresa de laDirección de Servicios Técnicosde la Secretaría de Servicios Públicos,mediante la expedición del Permiso Especial para Trabajos en la Vía Pública. La Secretaría de Servicios Públicos, al otorgar autorización para las obras mencionadas, señalará en cada caso las condiciones bajo las cuales se conceda y de modo que al ejecutarse los trabajos sólo se interrumpa el funcionamiento de la vía pública en el espacio y por el tiempo mínimos que sean necesarios. Los solicitantes estarán obligados a efectuar las reparaciones correspondientes pararestaurar o mejorar el estado original, o al pago de su importe cuando la Autoridad competente las realice.
"]