Consulta Ciudadana Pública para la Reforma por Modificación, Derogación y Adición al Reglamento para las Construcciones del Municipio de Monterrey
#AhoraInnovamosJuntos (Enlace externo) INICIATIVA PARA LA REFORMA POR MODIFICACIÓN, DEROGACIÓN Y ADICIÓN AL REGLAMENTO PARA LAS CONSTRUCCIONES DEL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN
ARTÍCULO 149 BIS
Para solicitar la Asignación, Corrección o Certificación de Número Oficial el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Cuando el trámite lo realice una Persona física: a. Llenado del formato de solicitud oficial;
b. Acreditar la propiedad o posesión del predio inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio o en el Instituto Registral y Catastral del Estado;
c. Comprobante del pago de derechos correspondientes;
d. Comprobante del pago del impuesto predial; e. 2 fotografías del exterior e interior del predio;
f. Acreditar el interés que le asiste, en el supuesto de que se actúe en representación de un tercero interesado:
a).- Tratándose de persona física la solicitante, copia simple del poder expedido ante notario público en el que conste su designación como apoderado y las facultades que le fueron conferidas, o la original de la carta poder en la que se contenga la firma autógrafa de quien otorga el poder y del apoderado, así como de los dos testigos, con las copias simples de las identificaciones oficiales en la que se contenga la firma autógrafa y la fotografía de las personas que intervienen en la carta poder; a. Identificación oficial vigente del propietario, en caso de representación legal presentar identificación oficial del solicitante;
b. Antecedentes otorgados, copias simples de las autorizaciones ( autorización de números oficiales del fraccionamiento, conjunto urbano sujeto al régimen de propiedad en condominio), licencias de construcción expedidas respecto al inmueble objeto de la solicitud, tratándose de la licencia de construcción ( que comprende los planos oficiales autorizados con firma de la autoridad y los sellos oficiales, el acuerdo o instructivo firmado, y la cartulina firmada por la autoridad), deberán de estar inscrita en la Dirección de Catastro del Instituto Registral y Catastral del Estado; excepto cuando el número oficial se solicite conjuntamente con el proyecto ejecutivo arquitectónico o licencia de construcción;
I. Croquis de levantamiento de números oficiales de los inmuebles colindantes y los de la acera del frente, los 3 - tres de cada lado, y los 5 - cinco inmuebles ubicados en la acera del frente, los más cercanos al inmueble objeto del trámite;
II. Cuando el trámite sea realizado por una Persona Moral, además de las anteriores deberá presentar: a. Acta constitutiva y demás modificaciones a sus estatutos sociales. El acta deberá estar inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, poder notariado del apoderado de la persona moral e identificación oficial del mismo.
III. Requisitos específicos:
a. Copia simple del comprobante del domicilio que se señale para oír y recibir notificaciones, con una antigüedad no mayor a tres meses;
b. Si el propietario es una institución bancaria, derivada de un contrato de fideicomiso, presentar copia simple del contrato de fideicomiso y todas sus modificaciones.
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