Consulta Ciudadana Pública para la Reforma por Modificación, Derogación y Adición al Reglamento para las Construcciones del Municipio de Monterrey
#AhoraInnovamosJuntos (Enlace externo) INICIATIVA PARA LA REFORMA POR MODIFICACIÓN, DEROGACIÓN Y ADICIÓN AL REGLAMENTO PARA LAS CONSTRUCCIONES DEL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN
ARTÍCULO 162
Son atribuciones de la Secretaría de Desarrollo UrbanoSostenible:I. La administración operativa de los trámites que seprocesarána través de los servicios digitales, de acuerdo a sus funciones. II. Expedir las Licencias de Construcción,y las autorizaciones a que se refiere el artículo 157 de este Reglamento,en términos del presenteCapítulo, y demás disposiciones del presenteReglamento. III. Proporcionar a los solicitantes los servicios de apoyo y orientación de los trámitesa que se refiere la fracción anterior, que se promuevana través deluso de los servicios digitales.IV. Informar a la Secretaría de Innovación y Gobierno Abierto de cualquier quejas,sugerencia o propuestaciudadanas, relacionadas con el funcionamiento de los servicios digitales V. … VI. … VII. …VIII.Informar y solicitar los respectivos dictámenes u opiniones de las Dependencias Municipales o direcciones, que tengan que intervenir como parte del proceso de la revisión de la solicitud y, en su caso, expedición de la licencia de construcción o de alguna de las autorizaciones a que se refiere el artículo 157 de este Reglamento.IX. Las demás que le confieran este Reglamento y otros ordenamientos jurídicos aplicables.
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