Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Cambios en "22"
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- +["XXVII.Autorizar los permisos temporales para la utilización de los espacios públicos municipales comprendidos en los Bajos del Palacio Municipal, la Plaza Hidalgo, la Plaza Zaragoza, el kiosco «Lucila Sabella»; así como en las demás plazas públicas del municipio, sujeto a la disponibilidad que determine la Secretaría de Servicios Públicos y a la factibilidad que pueda consultarse con la Secretaría de Obras Públicas y la Dirección de Protección Civil de Monterrey; XXVIII.Promover, en coordinación con la Secretaría de Participación Ciudadana y demás dependencias competentes de la Administración Pública Municipal, mecanismos de participación ciudadana y coadyuvar a instrumentar las bases sociales para el ejercicio del presupuesto participativo; XXIX.Coadyuvar con las autoridades federales y estatales en el desarrollo de los procesos electorales, dentro del ámbito de competencia del Municipio; XXX.Supervisar la vigilancia en las edificaciones de las diversas dependencias y entidades municipales que así lo ameriten, consistente en el cuidado, custodia y salvaguarda de las mismas; XXXI.Supervisar la oficina del Centro Integral de Atención al Migrante y la Oficina de Atención de Asuntos Indígenas y Pueblos Originarios; y XXII. Las que le ordene la persona titular de la Presidencia Municipal, así como las demás que las leyes y reglamentos aplicables establezcan. "]
Autoría de la versión
Versión creada el
11/04/2025 17:52