Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
ARTÍCULO 23. Corresponden a la Dirección de Alcoholes y Espectáculos de la Secretaría del Ayuntamiento las atribuciones siguientes: I.Planear, conducir, ejecutar, supervisar y dar seguimiento a las acciones de inspección y vigilancia, que sean materia de cumplimiento de lo que establezcan las leyes, reglamentos y normatividad aplicable para la Administración Pública Municipal de Monterrey en materia de prevención y combate al abuso del alcohol y de regulación para su venta y consumo; II.Planear, conducir, ejecutar supervisar y dar seguimiento a las acciones de verificación, inspección y vigilancia, en materia de cumplimiento de lo que establezcan las leyes, reglamentos y normatividad aplicable para la Administración Pública Municipal de Monterrey en materia de espectáculos públicos; III.Recibir y tramitar con eficiencia las solicitudes de anuencias municipales con los documentos requeridos para proceder al trámite de estas; IV.Evaluar y validar la expedición y renovación de las anuencias municipales que se expidan respecto a su opinión para el otorgamiento de las licencias o permisos especiales de establecimientos cuyo objeto sea el expendio, venta y/o consumo de bebidas alcohólicas en el Municipio; V.Iniciar el procedimiento de clausura definitiva de los establecimientos con venta, expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas, para turnar el expediente a la instancia municipal correspondiente; y VI.Las que determine la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento, así como las demás que las leyes y reglamentos aplicables establezcan.
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