Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Cambios en "45"
Comparar el modo de visualización:
Modo de vista HTML:
Título
- -{"es"=>""}
- +{"es"=>"45"}
Cuerpo
- -[""]
- +["ARTÍCULO 42. Corresponde a la Dirección de Parquímetros, las siguientes atribuciones: I.Elaborar, diseñar, administrar y mantener actualizado, en atención a las necesidades sociales, de distribución, ordenamiento vehicular, el esquema municipal de administración de la vía pública como estacionamiento, mismo que tiene como principal objetivo el identificar las zonas de la vía pública susceptibles de ser adaptadas como estacionamientos públicos, ya sea mediante la instalación de parquímetros, sean físicos o mediante tecnología virtual o cualquier otro sistema de control y regulación de estacionamiento de vehículos análogo; II.Proponer a las personas titulares de la Dirección General de Finanzas y Tesorería Municipal, proyectos de acuerdos y/o reglamentos que tengan por objeto el control, administración y regulación del esquema municipal de administración de la vía pública como estacionamiento, incluyendo entre otros, la determinación, ampliación, eliminación, sustitución y/o modificación de las zonas donde se establecerán los parquímetros municipales, expedición de permisos, entre otros; III.De conformidad con lo dispuesto en el reglamento de la materia, en su caso, y en observancia de las disposiciones patrimoniales y de urbanística, previa autorización de la persona titular de la Tesorería Municipal, determinar, ampliar, eliminar, sustituir y/o modificar las zonas donde se establecerán los parquímetros, en atención al esquema municipal de administración de la vía pública como estacionamiento; IV.Recaudar y cobrar los ingresos que deba percibir el Municipio, con motivo de la administración de la vía pública como estacionamiento, así como con motivo de la imposición de sanciones por la inobservancia de las disposiciones que le regulan; V.Realizar las gestiones suficientes y necesarias para el correcto funcionamiento del esquema municipal de administración de la vía pública como estacionamiento, incluyendo sin limitar, la contratación de personal, servicios, equipamiento, tecnología, en observancia de las formalidades y procedimientos comprendidos en la legislación vigente aplicable, así como la planeación y programación de trabajo por parte de la Dependencia; VI.Vigilar y supervisar la correcta aplicación de la normatividad relativa al funcionamiento del esquema municipal de administración de la vía pública como estacionamiento, incluyendo el sistema de parquímetros, sea en modalidad física o electrónica/digital, así como de estructura física o virtual relacionada con el reporte de datos de operación a través de plataformas digitales o similares, incluyendo funcionamiento, cobro, mantenimiento, y en su caso, la supervisión a terceros autorizados;"]
Autoría de la versión
Versión creada el
11/04/2025 17:52