Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
ARTÍCULO 57. Corresponden a la Comisaría en Jefe las siguientes atribuciones: I.Coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento de la Inspección General de Policía, de la Inspección General de Investigación y la Dirección de Protección Civil; II.Diseñar las estrategias policiales con una comprensión amplia de la seguridad que comprendan los delitos, las conductas delictivas, los factores criminógenos, las faltas administrativas, los conflictos comunitarios y los problemas que afectan la calidad de vida de la población para atenderlos de manera adecuada; III.Coordinarse con el Ministerio Público en los casos en que la Inspección General de Investigación participe en la investigación de los delitos; IV.Implementar módulos de recepción de denuncias y establecer formatos homologados para la debida recopilación de información al respecto; V.Elaborar y emitir el Plan General de Operaciones de Proximidad, los Planes Especiales de Vigilancia y de Conjunto de Operaciones; VI.Proponer los programas y planes al Comisario General, informando sobre el despliegue de las unidades operativas, los avances y resultados; VII.Difundir entre todo el personal policial la visión institucional de respeto a los principios de buena fe, dignidad, debida diligencia, enfoque diferencial y especializado, igualdad y no discriminación, máxima protección, no criminalización, no revictimización y trato preferente; VIII.Colaborar en la elaboración del plan anual de capacitación continua en el cual las y los policías que trabajan en la institución reciben al menos una capacitación que reafirme y actualice sus conocimientos; IX.Entablar comunicación con las autoridades federales, estatales y municipales, para llevar a cabo los operativos y programas coordinados que se establezcan; X.Mantener debidamente informada a la Comisaría General de las acciones desarrolladas, del funcionamiento e incidentes ocurridos en el reclusorio y presentar por escrito un informe mensual del mismo; XI.Dirigir y supervisar las acciones que en materia de protección civil se lleven a cabo en el municipio; y XII.Las que le ordene la Comisaría General, así como las demás que las leyes y reglamentos aplicables establezcan.
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