Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
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{"body":{"es":"ARTÍCULO 77. Corresponden a la Dirección de Emprendimiento y Promoción de Inversiones de la Secretaría, las siguientes atribuciones: I. Promover los servicios de la Incubadora de Empresas Monterrey (INEM), fomentando el crecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas dentro del Municipio; II. Elaborar y ejecutar los programas, proyectos y acciones institucionales municipales en los diversos sectores y en temas que impactan en la economía del municipio, como comercio interior, industria, abasto, precios, protección al consumidor, inversión y transferencia de tecnología, procurando que éstos se encuentren previstos en el presupuesto de egresos, de conformidad con la legislación y normatividad aplicable en la materia; III. Apoyar y favorecer la competitividad empresarial con el fin de impulsar a las empresas del municipio para lograr una mayor efectividad organizacional, producir y vender productos más competitivos y brindar servicios de alta calidad en los mercados; IV. Promover un ambiente de negocios propicios con certidumbre jurídica y servicios de capacitación, asistencia técnica, facilidades en los trámites gubernamentales, entre otros elementos; V. Establecer mecanismos de coordinación con los Gobiernos Federal, Estatal y de los demás municipios del Estado, para fomentar el desarrollo industrial, comercial y de servicios, a efecto de garantizar su debida articulación con el Plan Municipal de Desarrollo, así como con los programas especiales que determine la persona titular de la Presidencia Municipal que beneficien el desarrollo integral sustentable de la economía del Municipio; VI. La participación activa en exposiciones, congresos y eventos masivos municipales, estatales, nacionales e internacionales para la promoción de productos, servicios y cadenas de suministro emergentes y desarrollados por emprendimientos, autoempleo, micro y pequeñas empresas pertenecientes al Municipio; VII. Fomentar, planear, organizar y ejecutar misiones comerciales, dentro y fuera del Municipio, del estado y del país, con la finalidad de promover la relocalización de servicios, suministros, cadenas de producción locales nacionales e internacionales, creando así fuentes de empleo; VIII. Implementar programas, proyectos y acciones que incentiven el desarrollo, modernización, competitividad y crecimiento de los sectores productivos del Municipio, brindando especial atención a las micro, pequeñas y medianas empresas, propiciando su articulación productiva y la canalización oportuna de los apoyos, estímulos e incentivos que prevé la legislación aplicable en la materia; IX. Promover los programas, proyectos y acciones necesarias para incrementar la eficiencia energética en las empresas, en particular en las PyMES y MIPyMES locales; X. Implementar, en coordinación con la Secretaría de Innovación y Gobierno Abierto y la Dirección de Gestión, Enlace y Proyectos Estratégicos, el Sistema Municipal de Información Económica y de Registro Estadístico Empresarial, que soporte y favorezca la toma de decisiones de los sectores público, privado y social en materia de desarrollo económico y metropolitano, coordinándose con las autoridades competentes de la Administración Pública Estatal y Municipal, a efecto de sistematizar y homologar los criterios para la integración y procesamiento de la información en esta materia; XI. Promover e impulsar encadenamientos productivos de proveeduría local, entre la micro, pequeña y mediana empresa en el territorio del Municipio; XII. Promover, impulsar y coordinar acciones en materia de competitividad; XIII. Identificar las necesidades de infraestructura productiva del Municipio, para proponer el desarrollo de acciones e inversiones que den respuesta a dichas necesidades, para lograr una mayor competitividad y productividad en el Municipio; XIV. En coordinación con la Secretaría de Innovación y Gobierno Abierto, impulsar y promover procesos simplificados y mejora regulatoria para la apertura rápida de nuevas empresas, así como para la operación de las existentes; y XV. Las que le ordene la persona titular de la Secretaría de Desarrollo Económico, así como las demás que las leyes y reglamentos aplicables establezcan. "},"title":{"es":"83"}}
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