Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
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{"body":{"es":"ARTÍCULO 117. Corresponden a la Dirección de Gobierno Digital las siguientes atribuciones: I. Establecer y delimitar los objetivos, así como evaluar el impacto y viabilidad de los proyectos a desarrollar en el marco de las políticas de gobierno abierto e innovación gubernamental de la Administración Pública Municipal; II. Implementar, coordinar y vigilar las políticas y acciones de gestión de datos, el gobierno digital, la gobernanza tecnológica, la gobernanza de la conectividad, la gestión de datos, la evaluación y mejora de la experiencia ciudadana sobre los productos digitales desarrollados para la Administración Pública Municipal o en el ámbito de sus facultades; III. Proponer y supervisar la aplicación de directrices, componentes, integración, protocolos de comunicación, atributos de calidad de la Arquitectura de Software de las aplicaciones a desarrollar por la Secretaría; IV. Diseñar y gestionar las plataformas tecnológicas para la participación ciudadana del Municipio, en coordinación con la Secretaría de Participación Ciudadana y la Secretaría del Ayuntamiento; V. Coordinarse con la Secretaría de Desarrollo Económico y el Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia, para implementar el Sistema Municipal de Información Económica y de Registro Estadístico Empresarial; VI. Coordinar la digitalización de trámites y servicios a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal; VII. Realizar propuestas normativas en materia de gestión de datos, el gobierno digital, la gobernanza tecnológica, la gobernanza de la conectividad, la gestión de la infraestructura de tecnologías de información y comunicación, en coordinación con las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal; VIII. Participar en el diseño, implementar y gestionar los mecanismos de identidad y firma digital de la ciudadanía para el acceso a los trámites y servicios proporcionados por las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, en apego a las disposiciones relativas a la protección de datos personales y seguridad establecidas en las leyes y políticas en la materia y en coordinación con las autoridades estatales y federales competentes; IX. Diseñar, gestionar y actualizar la plataforma tecnológica para la gestión de trámites y servicios de toda la Administración Pública Municipal; X. Implementar la mudanza digital de trámites y servicios a cargo de la Administración Pública Municipal, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal; XI. Implementar las políticas y acciones necesarias para la gestión de datos, el gobierno abierto y el gobierno digital en el Municipio, en coordinación con otros entes públicos federales y estatales en el ámbito de competencia; XII. Proponer estrategias y acciones para la formación de habilidades digitales del personal de la Administración Pública Municipal; XIII. Aportar los elementos técnicos requeridos para la dictaminación de adquisiciones de tecnologías de la información y comunicaciones que requiera la Administración Pública Municipal; XIV. Proponer esquemas de fondeo, con el fin de cumplir con los objetivos de la Secretaría de Innovación y Gobierno Abierto; XV. Participar en la emisión de los lineamientos administrativos internos, y supervisar su aplicación, sobre la documentación de cada uno de los productos desarrollados por las Unidades Administrativas a su cargo, así como formular las directrices de los manuales técnicos con apoyo de la Consejería Jurídica de la Administración Pública Municipal; XVI. Realizar la entrega, capacitación a usuarios y soporte de servicios tecnológicos de información y comunicaciones desarrollados por la Secretaría, utilizando buenas prácticas de calidad en el servicio, disponibilidad, capacidad, continuidad y seguridad de la información a las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal; XVII. Implementar la estrategia de aseguramiento de calidad en el desarrollo de los productos tecnológicos elaborados por su Dirección; XVIII. Generar los lineamientos, manuales de usuario, criterios técnicos, metodologías, guías, instructivos o demás instrumentos análogos, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal para diseñar e implementar plataformas y soluciones tecnológicas; XIX. Promover y supervisar la aplicación de políticas de seguridad informática que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal; XX. Promover el desarrollo de una cultura digital ciudadana y gobierno electrónico como un mecanismo de estrategia de inclusión digital; XXI. Proponer los elementos de la estrategia de comunicación interna y externa con la finalidad de divulgar, difundir y socializar los desarrollos y productos generados por la Dirección a su cargo; XXII. Realizar estudios y análisis sobre mejores prácticas de gobierno e innovación por sí o en coordinación con otros organismos públicos o privados y emitir propuestas para generar soluciones eficaces y eficientes a los problemas públicos del Municipio de Monterrey; XXIII. Ejecutar los ajustes a soluciones tecnológicas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal desarrolladas por cuenta propia o por terceros con base en el procedimiento para la atención de solicitudes de control de cambios que defina; XXIV. Proponer la política de gestión de datos de la Administración Pública Municipal, así como elaborar los criterios, estándares técnicos, lineamientos, manuales y demás normatividad necesaria en la materia, para el cumplimiento de los objetivos y atribuciones de la Secretaría de Innovación y Gobierno Abierto; XXV. Colaborar en la creación de una infraestructura de datos consumibles para la Administración Pública Municipal, que administre la integración de la totalidad de los datos generados por todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, con los estándares correspondientes de calidad y seguridad de éstos, así como de su mantenimiento; XXVI. Diseñar protocolos y acciones para garantizar una exitosa implementación en todos los grupos implicados en las soluciones tecnológicas desarrolladas o administradas por la Secretaría; XXVII. Instrumentar las políticas, lineamientos y acciones para para atender la agenda de transparencia proactiva de la Administración Pública Municipal, en el marco de sus atribuciones; y XXVIII.Las que le ordene la persona titular de la Secretaría de Innovación y Gobierno Abierto, de la Dirección General de Gobierno Digital y Soporte Tecnológico, así como las demás que las leyes y reglamentos aplicables establezcan. "},"title":{"es":"123"}}
Esta huella digital se calcula utilizando un algoritmo hash SHA256. Para poder replicarlo tú mismo, puedes usar una Calculadora MD5 en línea (Enlace externo) y copiar y pegar los datos de origen.
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