Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
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{"body":{"es":"ARTÍCULO 119. Corresponden a la Dirección de Mejora Regulatoria las siguientes atribuciones: I. Implementar y coordinar la política pública de mejora regulatoria y la simplificación administrativa al interior de la Administración Pública Municipal, con base en la normatividad aplicable; II. Promover el uso de las tecnologías de información para las acciones transversales que se establezcan en el Municipio para la implementación de la política de mejora regulatoria; III. Supervisar y evaluar las políticas y acciones de mejora regulatoria de la Administración Pública Municipal, de conformidad con sus atribuciones y la normatividad en la materia; IV. Promover, organizar y participar en foros, seminarios y demás actividades orientadas a impulsar el proceso de mejora regulatoria municipal; V. Formular el Programa Anual en la materia y la agenda regulatoria, conteniendo las propuestas de creación de regulaciones específicas e informar en las fechas establecidas los avances y resultados en la ejecución; VI. Proponer y asesorar en la formulación de las propuestas regulatorias y los análisis de impacto correspondientes, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, promoviendo su participación activa en la materia; VII. Calcular, en coordinación con las autoridades y órganos competentes, el costo económico de los Trámites y Servicios con la información proporcionada por las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal; VIII. Emitir los manuales para la implementación de las herramientas de mejora regulatoria del Municipio; IX. Llevar a cabo las actualizaciones o modificaciones al Catálogo Municipal de Trámites y Servicios en el ámbito de su competencia previo acuerdo con las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal; X. Gestionar la capacitación de los enlaces en materia de mejora regulatoria de cada Dependencia y entidades de la Administración Pública Municipal; XI. Participar en la mudanza digital de trámites y servicios a cargo de la Administración Pública del Municipio; XII. Gestionar las quejas y propuestas de la ciudadanía en materia de mejora regulatoria y remitirlos a los Enlaces de Mejora Regulatoria, para su debida atención de acuerdo con la normatividad aplicable; XIII. Instrumentar y coordinar el proceso de Consulta Pública junto con la Secretaría de Participación Ciudadana, a través de los medios que para tal efecto se implementen, y que permitan la difusión de las propuestas regulatorias a la ciudadanía; XIV. Coordinar e integrar con apoyo de los enlaces de Mejora Regulatoria de las dependencias y entidades la implementación del Programa Anual de Mejora Regulatoria Municipal, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables; XV. Llevar a cabo los análisis de impacto regulatorio que justifiquen la creación o modificación normativa cuando las dependencias y entidades presenten nuevos proyectos de regulación o reformas a los existentes cuando representen un costo económico de cumplimiento o en su caso la exención de la misma; XVI. Otorgar asesoría técnica a las dependencias, entidades y consejos en materia de mejora regulatoria y opinar sobre nuevos proyectos y regulaciones vinculados al sector económico; XVII. Emitir opinión sobre el registro de trámites y servicios municipales; XVIII. Auxiliar a las autoridades competentes de la Administración Pública Municipal, en la atención de las recomendaciones emitidas por organismos internacionales en materia de trámites y servicios y coadyuvar en la instrumentación de las acciones necesarias para mejorar el posicionamiento del Municipio en los índices promovidos por dichos organismos; XIX. Supervisar y dar seguimiento al cumplimiento de las dependencias y entidades en materia de mejora regulatoria; X. Proponer las métricas y los indicadores de gestión para evaluar la eficacia y eficiencia de las herramientas de mejora regulatoria de la Administración Pública Municipal; XI. Impulsar, en coordinación con la Dirección de Planeación, Enlace y Proyectos Estratégicos de la Secretaría Ejecutiva, el rediseño y reingeniería de los procesos de trámites y servicios y cuando así se requiera proyectar y proponer, en coordinación con las Unidades Administrativas de la Administración Pública Municipal, cambios a la estructura organizacional, considerando la descripción de nivel jerárquico, la asignación de atribuciones, responsabilidades, funciones, vinculaciones internas y externas, así como el número de plazas dentro de las propuestas de modificación; XII. Proponer acuerdos y convenios de colaboración, concertación y coordinación que contribuyan al cumplimiento de los objetivos de la política de mejora regulatoria; y XIII. Las que le ordene la persona titular de la Secretaría de Innovación y Gobierno Abierto, de la Dirección General de Gobierno Digital y Soporte Tecnológico, así como las demás que las leyes y reglamentos aplicables establezcan. "},"title":{"es":"125"}}
Esta huella digital se calcula utilizando un algoritmo hash SHA256. Para poder replicarlo tú mismo, puedes usar una Calculadora MD5 en línea (Enlace externo) y copiar y pegar los datos de origen.
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