Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
Abrogaci贸n y Expedici贸n del Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
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- +["ART脥CULO 127. Corresponden a la Direcci贸n de Cultura F铆sica y Deporte las siguientes atribuciones: I. Integrar, en coordinaci贸n con las dem谩s dependencias y entidades municipales, la Agenda de Fomento y Promoci贸n a la Cultura F铆sica y el Deporte de la Administraci贸n P煤blica Municipal; II. Ejecutar las pol铆ticas, programas, proyectos y acciones en materia de cultura f铆sica y del deporte, en cumplimiento del Plan Municipal de Desarrollo y de la Agenda de Fomento y Promoci贸n a la Cultura F铆sica y el Deporte de la Administraci贸n P煤blica Municipal; asegurando su eficacia y la consecuci贸n de los resultados programados; III. Presupuestar y ejercer los recursos p煤blicos destinados a los programas, proyectos y acciones de cultura f铆sica y del deporte; IV. Ejercer las atribuciones que las normas jur铆dicas le confieren al Gobierno Municipal, en materia de cultura f铆sica y del deporte con un enfoque de igualdad sustantiva y no discriminaci贸n; V. Proponer, en colaboraci贸n con la Direcci贸n de Vinculaci贸n de la Secretar铆a de Participaci贸n Ciudadana, la celebraci贸n de convenios de colaboraci贸n que coadyuven al fortalecimiento y ampliaci贸n de las acciones de fomento y promoci贸n de la cultura f铆sica y del deporte instrumentadas por el Municipio; VI. Seleccionar a las personas deportistas amateurs que representar谩n al Municipio en las competencias selectivas estatales; VII. Llevar a cabo acciones para la capacitaci贸n de las personas entrenadoras, instructoras y profesoras deportivas que act煤en en las ligas deportivas municipales, garantizando que estas promuevan la prevenci贸n de los diversos tipos de violencia y discriminaci贸n en raz贸n de g茅nero y otros; VIII. Representar al Gobierno Municipal en el Sistema Estatal del Deporte; IX. Determinar, previo acuerdo con la persona titular de la Direcci贸n General de Promoci贸n al Bienestar, el otorgamiento de los est铆mulos y apoyos para la organizaci贸n, desarrollo y fomento de la actividad deportiva; X. Procurar el cumplimiento de los objetivos del Sistema Estatal del Deporte en el 谩mbito de su competencia; XI. Promover y apoyar a los organismos locales que desarrollen actividades deportivas e incorporarlos al Sistema Estatal del Deporte; XII. Planear, desarrollar, ejecutar y coordinar acciones para la detecci贸n y promoci贸n de talento deportivo dentro del Municipio; XIII. Llevar a cabo acciones que promuevan la pr谩ctica de las diferentes disciplinas deportivas y de activaci贸n f铆sica entre todos los sectores de la poblaci贸n; XIV. Promover programas de fomento deportivo y recreativo, garantizando que se determine la participaci贸n adecuada de las personas con discapacidad y de las personas adultas mayores en los mismos; XV. Promover, vigilar y procurar, en coordinaci贸n con la Secretaria de Participaci贸n Ciudadana, el buen uso y la colaboraci贸n de los habitantes en el mantenimiento de los espacios deportivos municipales; XVI. Determinar y organizar delegaciones que representen oficialmente al Municipio en competencias deportivas intermunicipales, estatales, nacionales e internacionales; XVII. Supervisar y formular, en coordinaci贸n con otras dependencias municipales, la realizaci贸n de eventos deportivos en la v铆a p煤blica dentro del territorio municipal, en el marco de la normatividad que regula este tipo de espacios y eventos; XVIII. Fomentar la celebraci贸n de convenios con organismos e instituciones p煤blicas, privadas y sociales, con el objeto de patrocinar las actividades deportivas que se celebren en su localidad; XIX. Participar en la realizaci贸n del desfile deportivo conmemorativo al aniversario de la Revoluci贸n Mexicana; XX. Fomentar, estimular y coordinar la creaci贸n, uso, aprovechamiento y accesibilidad de los espacios deportivos municipales; XXI. Promover, en coordinaci贸n con la Secretar铆a de Participaci贸n Ciudadana, la participaci贸n comunitaria y vecinal en materia de cultura f铆sica y deporte; XXII. Elaborar los estudios, informes, reportes, estad铆sticas y proyectos para la correcta planeaci贸n y ejecuci贸n de sus atribuciones; XXIII. Promover y ejecutar las acciones necesarias, en coordinaci贸n con la Direcci贸n de Igualdad Sustantiva, para garantizar la accesibilidad y no discriminaci贸n en materia de cultura f铆sica y deporte; y XXIV. Las que le ordenen la persona titular de la Secretar铆a de Desarrollo Humano e Igualdad Sustantiva, de la Direcci贸n General de Promoci贸n del Bienestar, as铆 como las dem谩s que las leyes y reglamentos aplicables establezcan. "]
Autor铆a de la versi贸n
Versi贸n creada el
11/04/2025 17:52