Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
ARTÍCULO 144. Corresponden a la Secretaría Privada las siguientes atribuciones: I. Brindar apoyo y atención directa a la persona titular de la Presidencia Municipal; II. Coordinar las acciones para dar cumplimiento a los requerimientos de la persona titular de la Presidencia Municipal; III. Vincularse con las demás unidades administrativas de la Secretaría Ejecutiva para la atención de los asuntos privados de la persona titular de la Presidencia Municipal; IV. Ejecutar y dar cumplimiento a las instrucciones de la persona titular de la Presidencia Municipal relativas al desarrollo de su agenda privada; V. Manejar el archivo personal de la persona titular de la Presidencia Municipal; y VI. Las que le ordene la persona titular de la Secretaría Ejecutiva, de la Dirección General de la Secretaría Ejecutiva, así como las demás que las leyes y reglamentos aplicables establezcan.
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