Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
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{"body":{"es":"ARTÍCULO 149. Corresponden a la Dirección de Asuntos Institucionales las siguientes atribuciones: I. Mantener y fomentar las buenas relaciones institucionales del Municipio, con otras instituciones del sector público, privado y social; II. Proponer a la persona titular de la Secretaría Ejecutiva, los contratos y convenios que deba suscribir con relación a sus atribuciones; III. Generar e implementar mecanismos de coordinación institucional, a efecto de contar con la información necesaria que permita la toma de decisiones de manera fundada y oportuna; IV. Planear, desarrollar e implementar la agenda interinstitucional en coordinación con otras dependencias de la Administración Pública Municipal y someterlas a consideración de la persona titular de la Secretaría Ejecutiva para su presentación y aprobación por la persona titular de la Presidencia Municipal; V. Coordinar, en conjunto con la Jefatura de Gabinete, la agenda internacional para su presentación y aprobación por la persona titular de la Presidencia Municipal; VI. Integrar un directorio de organismos internacionales, fundaciones e instituciones no gubernamentales, que dispongan de recursos financieros, capacitación y asistencia técnica, para programas y proyectos de asistencia social, desarrollo humano, igualdad de género, mujeres, transparencia, micro y pequeñas empresas, entre otros propósitos, y construir propuestas de agendas de cooperación; VII. Representar a la persona titular de la Secretaría Ejecutiva y, en su caso, a la persona titular de la Presidencia Municipal, ante organismos nacionales e internacionales; VIII. Fomentar e implementar vínculos entre el Municipio y organismos nacionales e internacionales, buscando captar recursos y obtener asistencia técnica para proyectos municipales; IX. Planear, promover y ejecutar acuerdos de hermandad con ciudades extranjeras, que impulsen el intercambio de experiencias y la cooperación científica, económica, social, técnica, cultural, deportiva, turística, entre otros temas, en favor del desarrollo sustentable del municipio; X. Coadyuvar a las diversas dependencias de la Administración Pública Municipal a gestionar temas estratégicos ante organismos que se encuentren en la Ciudad de México; y XI. Las que le ordene la persona titular de la Secretaría Ejecutiva, así como las demás que las leyes y reglamentos aplicables establezcan. "},"title":{"es":"155"}}
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