Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
La siguiente cadena de texto es una representación abreviada y hashed de este contenido. Es útil para garantizar que el contenido no haya sido alterado, ya que una única modificación daría lugar a un valor totalmente diferente.
Valor:
71445f7c88f0a9ef4c2ac37a84214a7a5a7ab01be8a30cfd27b6c7b708828b7b
Origen:
{"body":{"es":"ARTÍCULO 150. Corresponden a la Coordinación de Asesores, las siguientes atribuciones: I. Dirigir y supervisar la ejecución de análisis estratégicos, así como la integración y generación de información, para las audiencias y actos oficiales de la persona titular de la Presidencia Municipal; II. Generar líneas discursivas para la intervención de la persona titular de la Presidencia Municipal en actos públicos de carácter oficial; III. Proporcionar a la persona titular de la Presidencia Municipal información de naturaleza técnica, política, económica, social, financiera, entre otros temas relevantes, para la toma de decisiones; IV. Presentar a la persona titular de la Presidencia Municipal, estrategias y alternativas de actuación ante problemáticas coyunturales, mediante la recopilación y análisis de información; V. Establecer mecanismos de coordinación con las áreas responsables de elaborar informes estadísticos y cualitativos, para presentar a la persona titular de la Presidencia Municipal, sobre las actividades que desarrolla el Municipio; VI. Brindar asesorías a las autoridades municipales, en los temas que, por su relevancia e importancia política, económica y social, sean determinados por la persona titular de la Presidencia Municipal; VII. Establecer y mantener mecanismos de coordinación con el Instituto Nacional de Geografía y Estadística, y otras instancias estatales y nacionales para la recopilación, validación y entrega oportuna de datos municipales conforme a los requerimientos normativos y estadístico; y VIII. Las que le ordene la persona titular de la Secretaría Ejecutiva, así como las demás que las leyes y reglamentos aplicables establezcan."},"title":{"es":"156"}}
Esta huella digital se calcula utilizando un algoritmo hash SHA256. Para poder replicarlo tú mismo, puedes usar una Calculadora MD5 en línea (Enlace externo) y copiar y pegar los datos de origen.
<script src="https://decidimos.monterrey.gob.mx/processes/reglamentoadminpublica/f/288/proposals/8786/embed.js"></script>
<noscript><iframe src="https://decidimos.monterrey.gob.mx/processes/reglamentoadminpublica/f/288/proposals/8786/embed.html" frameborder="0" scrolling="vertical"></iframe></noscript>
Este contenido no es apropiado?
0 comentarios
Deja tu comentario
Inicia sesión con tu cuenta o regístrate para añadir tu comentario.
Cargando los comentarios ...